Diagnóstico
Identificamos herederos, cónyuge o compañero permanente, bienes y deudas, y si hay testamento.
Cuando alguien fallece, sus bienes deben pasar a los herederos mediante una sucesión. Te explicamos cuándo se hace en notaría y cuándo en juzgado, y lo llevamos hasta el registro.
Lo básico
Es el proceso legal para repartir los bienes y deudas de una persona fallecida entre sus herederos, para que cada uno pueda tener a su nombre lo que le corresponde.
Nadie puede venderla ni hipotecarla hasta hacer la sucesión.
Puede hacerse en notaría, que suele ser más rápido.
Debe hacerse en un juzgado.
La sucesión y el desenglobe se pueden coordinar.
Paso a paso
Nosotros coordinamos cada etapa y te contamos en cuál va tu caso.
Identificamos herederos, cónyuge o compañero permanente, bienes y deudas, y si hay testamento.
Reunimos registros civiles, certificados de tradición y paz y salvos de impuestos.
Preparamos el inventario de bienes y la propuesta de reparto conforme a la ley o al testamento.
En notaría, si todos están de acuerdo y son capaces; en juzgado, si hay desacuerdo. Incluye los emplazamientos y avisos que exige la ley.
Se firma la escritura pública de la sucesión o se obtiene la sentencia aprobatoria de la partición.
Inscribimos la escritura o la sentencia en la Oficina de Registro para que los bienes queden a nombre de cada heredero.
Requisitos
Con esto hacemos el diagnóstico. Si te falta algo, te ayudamos a conseguirlo.
Del causante.
Que prueben el parentesco; y de matrimonio o unión marital, si aplica.
De cada inmueble, y documentos de vehículos, cuentas u otros bienes.
Si lo hay.
Preguntas frecuentes
¿Tu caso es distinto? Escríbenos y lo revisamos sin costo.
Depende del valor de los bienes y de si se hace en notaría o en juzgado. Se suman honorarios, derechos notariales, impuestos y registro. Te damos un presupuesto por escrito.
La notarial suele ser más rápida que la judicial. En el diagnóstico te damos un estimado realista según tu caso.
Sí. Tanto la sucesión notarial como la judicial se tramitan por medio de abogado.
Si no hay acuerdo, la sucesión debe ir a juzgado. Antes intentamos un acuerdo que evite un proceso largo.
No hay un plazo para iniciarla, pero mientras no se haga los bienes no se pueden vender ni dividir y las deudas e impuestos siguen corriendo.
Cuéntanos quiénes son los herederos y qué bienes hay, y en la primera conversación te decimos cuál es la ruta más corta.